No permitamos que se lleven nuestra historia

26-07-2011

Entrevista a Gustavo Servián, jefe de Normativa de DGPC y encargado de la Campaña de sensibilización y concienciación busca proteger los bienes culturales.


El tráfico ilícito de Bienes Culturales Muebles es considerado en la actualidad el cuarto tráfico de mayor importancia en la región después del de Armas, Drogas y el tráfico de Personas. Debido a este grave delito, que perjudica al acervo cultural del Paraguay, la Secretaría Nacional de Cultura, a través de la Dirección General de Patrimonio Cultural (DGPC) impulsa una campaña de sensibilización y concienciación sobre la protección, conservación y recuperación de los considerados bienes culturales muebles.

 

En este sentido, el abogado Gustavo Servían, jefe del Departamento de Normativa de la DGPC, explica que se denomina “patrimonio cultural mueble” a todos aquellos objetos culturales bajo la protección de la Ley 946/82 de Bienes Culturales; los objetos pertenecientes a la época pre colonial, a la colonial y al período de la independencia; y en particular a los objetos pertenecientes a las épocas de los gobiernos del Dr. José Gaspar Rodríguez de Francia, Don Carlos Antonio López y del Mariscal Francisco Solano López.

 

Bajo el lema “No permitamos que se lleven nuestra historia”, esta campaña ha impulsado la formación de la Comisión Nacional de Combate al Tráfico Ilícito de Bienes Culturales, integrada por la SNC, el Ministerio Público, la Dirección General de Aduanas, la Policía Nacional, el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Secretaría Nacional de Turismo, a fin de evitar que este flagelo siga perjudicando el patrimonio nacional.

 

Como representante de la SNC ante esta comisión, Servían menciona que los primeros pasos se enmarcan dentro de una capacitación pedagógica a través de las distintas gobernaciones departamentales del país y sus municipios. Capacitación dirigida a los diferentes actores que abarca el radio de acción de la campaña, en especial a las instituciones administradoras de los bienes culturales (iglesias, escuelas, municipalidades, gobernaciones), y por qué no, al público en general, a la gente común, para que tenga conciencia sobre el significado y la valoración del patrimonio cultural de nuestro país. “Lo que pretendemos, además de concienciar sobre la importancia de nuestro patrimonio cultural, es dar a conocer la existencia de la Ley  946/82, sus implicancias y todo lo que concierne a la protección, recuperación y restauración de los bienes culturales muebles”, resalta el abogado.

 

Se debe tener en cuenta que estos bienes son bien valorados en el mercado negro. Según explicó el funcionario, existen personas que se dedican al robo de bienes culturales y otras que se dedican a la comercialización ilegal de los mismos. Por esa razón, esta campaña está destinada también a miembros de la Interpol y de los centros aduaneros, quienes deben estar informados y tener conocimientos sobre las implicancias del tráfico de bienes patrimoniales.

 

Por su carácter de movibles, estos objetos están expuestos a riesgos que pueden dañarlos gravemente y más aun causar su desaparición. Las principales amenazas son el robo (de pinturas, esculturas, partes de retablos, objetos litúrgicos y otros objetos ubicados en recintos religiosos y en museos o coleccionistas, ya sean estatales o particulares) y las excavaciones clandestinas con el fin de extraer objetos considerados patrimonio cultural para comercializarlos ilegalmente.

 

 

Protección a cargo de la SNC

En lo que se refiere a protección de estos objetos, por mandato de la Ley 946/82 de Protección de Bienes Culturales; la SNC, a través de la DGPC es la entidad responsable de la identificación y conservación del patrimonio cultural de la Nación. “Por ello, esta dirección mantiene un registro de bienes culturales muebles, donde todas las instituciones y personas deben inscribir los objetos culturales, mediante un trámite sencillo que otorga facilidades para realizarlo”.

 

Sobre los requisitos para este registro de bienes, las personas naturales o jurídicas que sean coleccionistas o propietarios de Bienes Culturales, deberán llevar un inventario de los mismos. Se debe completar una ficha de Catalogación del Patrimonio Cultural Mueble que es proveído por la DGPC.

 

Es necesario destacar que la Ley 946/82 establece claramente que la protección se ejercerá sobre los bienes culturales, sean éstos de propiedad del Estado, de las Municipalidades, de la Iglesia Católica, de otras Iglesias, de personas naturales, o de otras personas jurídicas, quienes conservarán sobre ellos sus derechos, sin más limitaciones que las contenidas en la Ley.

 

El Art. 18 de la mencionada legislación menciona asimismo que toda persona que supiere de la existencia de bienes culturales no inventariados o registrados, está en la obligación de ponerla en conocimiento de la Dirección.

 

Y por sobre todo, Servían afirma que los bienes culturales muebles declarados patrimonio cultural de la Nación, solo pueden salir del Paraguay en forma temporal y siempre con autorización del Poder Ejecutivo, a solicitud de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la SNC, para su exhibición en el exterior.

 

Indudablemente, la importancia de esta iniciativa radica en que los bienes culturales muebles, cualquiera sea la época en que se elaboraron, proporcionan información muy valiosa sobre las personas que los crearon, así como sobre la sociedad que los utilizó. “Debemos tener en cuenta que estos objetos han perdurado muchos años, quedan muy pocos de ellos y es nuestra responsabilidad permitir que las futuras generaciones puedan conocerlos y mantener de esta manera nuestra herencia”, concluye el abogado.

 

La campaña de protección de bienes culturales fue también presentada a nivel regional, durante la IV Reunión de la Comisión de Patrimonio Cultural del MERCOSUR, realizada en Asunción, en mayo de 2011, en el marco de la Presidencia Pro Tempore del Paraguay del bloque. En la oportunidad, se dieron a conocer aspectos de coordinación para el buen funcionamiento de los sistemas de control aduanero y fronterizo para evitar que el tráfico de bienes patrimoniales siga aniquilando el acervo cultural de nuestros países.