El artículo 5, inciso K). 4, de la Ley 5621/16 “de Protección del Patrimonio Cultural” establece que los sitios de la memoria son aquellos en los cuales se conmemoran hechos históricos consistentes en graves violaciones de los derechos humanos por razones de disidencia política e ideológica o por motivos de diferencia de género, clase, etnia o religión. Esta categoría también incluye lugares donde han ocurrido catástrofes vinculadas con conculcaciones de los derechos humanos. #Somoscultura #Somospatrimonio.