En diciembre de 2019 entró en funcionamiento el Sistema de Registro de Bienes del Patrimonio Cultural Nacional Ñandutí, que hasta la fecha cuenta con 414 registros confirmados.
Los bienes patrimoniales cargados en el sistema se clasifican en las siguientes categorías:
La arquitecta Clarisse Insfrán, directora de Registro de Patrimonio de la Secretaría Nacional de Cultura (SNC), recordó que antes de la puesta en funcionamiento del Sistema Ñandutí, no existía un registro informatizado y sistematizado que cuantifique la cantidad de patrimonios existentes a nivel nacional, aunque entre 1996 y el 2020 se emitieron 380 resoluciones de Declaraciones de Patrimonio Cultural.
Beneficios para los propietarios
En el ámbito tributario, la Ley 5621/2016 de “Protección del Patrimonio Cultural” prevé beneficios para los propietarios de Bienes Inmuebles, pudiendo solicitar el beneficio fiscal correspondiente al Municipio donde se ubica el bien.
La arquitecta Insfrán recordó también que “más allá de los beneficios, es una obligación de los propietarios informar sobre lo relativo al Patrimonio Cultural a la SNC.
En el caso de Bienes Muebles, los propietarios, ya sean estos de instituciones públicas o bienes privados, deberán entregar el Inventario del acervo con valor patrimonial a la Secretaría Nacional de Cultura, procedimiento requerido para la habilitación de museos.
Asimismo, resaltó que el patrimonio cultural nacional es una parte fundamental de la identidad cultural de la Nación y que “comprenderlo nos ayuda a entender nuestra propia historia”.
El inventario de bienes muebles, inmuebles e inmateriales es una herramienta imprescindible para la salvaguardia, conservación y promoción del Patrimonio Cultural. Poder conocerlos y cuantificarlos ayuda también a la gestión y planificación de políticas públicas culturales y para lucha contra el Tráfico Ilícito de bienes culturales.
En caso de que un propietario sea víctima de robo de un Bien Mueble. El Registro previo en el Sistema de Ñandutí, lo certifica como propietario del mismo. Además de contar con el apoyo de la SNC para las gestiones ante la Interpol para la recuperación de esta pieza a nivel nacional e internacional.
Según el artículo 4 de la Ley 5621/2016, de “Protección del Patrimonio Cultural”, la misma rige para todo el territorio nacional y sus disposiciones deben ser aplicadas tanto a la propiedad pública como a la propiedad privada.
A continuación, citamos los requisitos para la declaración de Patrimonio Cultural Mueble e Inmueble.
Requisitos para Declaración de Patrimonio Cultural de la República del Paraguay de los Bienes Culturales Inmuebles
Presentar una carpeta con los siguientes documentos:
Estos documentos deben estar foliados y presentados correlativamente. Una vez emitida la declaratoria, el bien en cuestión pasará a integrar el registro en el Sistema Ñandutí.
Requisitos para Declaración de Patrimonio Cultural de la República del Paraguay de los Bienes Culturales Muebles
Estos documentos deberán estar impresos con copia en formato digital en cd y se presentarán en la Dirección General de Patrimonio Cultural, para el dictamen técnico y posterior emisión de la Resolución de Patrimonio Cultural Mueble protegido y Declarado, bajo la Ley 5126/26.
Una vez emitida la declaratoria, el bien en cuestión pasará a integrar el registro en el Sistema Ñandutí.