Anuncio Oficial Del Decreto N° 1596 “Por El Cual Se Reglamenta La Ley Nº 7140/2023 De Fomento De La Lectura y Del Libro”

28-05-2024

El Presidente suscribe el decreto de reglamentación de la Ley Nº 7140/23 de Fomento de la Lectura y del Libro, y con este acto se abre la etapa de la acción ejecutiva, operativa de la ley, que la Secretaría Nacional de Cultura  desarrollará con la elaboración e implementación del Plan Nacional de Lectura, en coordinación  con el Ministerio de Educación y Ciencias, la Secretaría Nacional de Políticas Lingüísticas y la insustituible ayuda y cooperación de las instituciones culturales relacionadas con el libro, la lectura  y su promoción cultural.

La promulgación de esta ley representa un hito histórico para la cultura y la educación en Paraguay. La Ley Nº 7140, promulgada por el Presidente Santiago Peña, tiene como objetivo principal fomentar la lectura y la difusión del libro en los dos idiomas oficiales del Paraguay: guaraní y castellano. Para ello, busca el diseño de políticas públicas que promuevan el acceso equitativo a la lectura, fortalezcan la alfabetización en todas las comunidades y estimulen la producción y circulación del libro nacional.

La aprobación de esta ley refleja el firme compromiso del gobierno paraguayo con la promoción de la cultura, la educación, el acceso al conocimiento y la literatura. Se espera que la misma tenga un impacto significativo en el desarrollo del país, impulsando el hábito de la lectura en la población y fortaleciendo la industria editorial nacional.

Principales puntos del decreto reglamentario

  • Define los principios rectores de la ley, basados en los derechos humanos.
  • Establece las funciones de la Secretaría Nacional de Cultura como autoridad de aplicación.
  • Crea el Consejo Nacional de la Lectura y el Libro (CONALIB).
  • Desarrolla la Política Nacional de Fomento de la Lectura y el Libro.
  • Define los mecanismos para la elaboración del Plan Nacional del fomento del Libro y la Lectura
  • Crea el Fondo Nacional para el Fomento de la Lectura y el Libro.

Quiero destacar que esta Ley, ha tenido desde su generación, un largo proceso de corrección y perfeccionamiento; con una amplia participación del sector cultural; editores, escritoras y escritores, libreros, bibliotecarios, periodistas, referentes culturales del interior, se han unido a través de la Mesa Técnica del Libro, cuyo resultado expresa los intereses, propósitos, expectativas y sueños de tan preciado sector. Palabras de la Ministra de Cultura Adriana Ortiz Semidei.

Tanto el Anteproyecto de la Ley de Fomento de la Lectura y el Libro fueron elaborados  en versión  bilingüe por las instituciones y asociaciones que integran la Mesa Técnica del Libro de la Secretaría Nacional de Cultura: Sociedad de Escritores del Paraguay (SEP), Escritoras Paraguayas Asociadas (EPA), PEN club del Paraguay, Asociación de Escritores y Artistas del Departamento de Paraguarí (ADEAP), Cámara del Libro de Asunción-Paraguay (CLAP), Cámara Paraguaya del Libro (CAPEL), Cámara Paraguaya del Libro “Ruy Díaz de Guzmán”,  Academia de la Lengua Guaraní y Academia Paraguaya de la Lengua Española (APARLE).