El artículo 8 de la Ley 3051/2006, Nacional de Cultura, determina que la Secretaría Nacional de Cultura (SNC) es el órgano responsable de “diseñar y ejecutar las políticas culturales del Estado” y el artículo 6 del mismo cuerpo normativo señala que los objetivos básicos de esta Secretaría de Estado, entre otros, son: “…b) fomentar el desarrollo de los procesos culturales; y c) proteger los derechos de las personas e instituciones dedicadas a actividades culturales”.
El apoyo a proyectos ciudadanos activa un mecanismo de promoción de la participación que favorece, por un lado, la producción cultural por parte de la sociedad civil y, por el otro, la co-gestión público-privada en torno a las políticas públicas en el sector cultural. Igualmente se busca promover las acciones generadas desde la ciudadanía, a fin de articularlas con las iniciativas estatales, contribuyendo de esa manera a la acción sinérgica y la dinamización cultural a nivel nacional.
El primer criterio orientador para la selección de las iniciativas será su enlace con la agenda programática de la política cultural de la SNC, o sea, su cruce con al menos uno de los programas institucionales.
Promover la participación ciudadana en la dinamización de los procesos culturales del Paraguay, con especial énfasis en el fomento a la creación artística, innovación cultural, desarrollo territorial y fortalecimiento de la identidad local, de manera a contribuir con el proceso de descentralización cultural. Y de esta manera fortalecer la cooperación entre Estado y sociedad civil de cara al diseño, ejecución y evaluación de políticas culturales.
Alcance: Todo el territorio Nacional
Quienes podrán solicitar esta Ayuda: Organizaciones, grupos culturales, ciudadanos paraguayos o extranjeros radicados en el país, sean personas físicas o jurídicas.
No serán elegibles las siguientes propuestas:
Mecanismo de postulación:
Primera etapa:
La convocatoria, bases y condiciones y los formularios estarán disponibles para ser descargados en el sitio web de la Secretaria Nacional de Cultura www.cultura.gov.py .
Cada proyecto postulado deberá contar con los siguientes requisitos (Adjuntar de manera digital):
Una vez completados los formularios con la firma correspondiente, se subirá ESCANEADO al link de la página web de SNC.
Segunda etapa: Los proyectos seleccionados serán notificados, debiendo los mismos, sean estos personas físicas o jurídicas, presentar las documentaciones exigidas por la SNC para la firma de Acuerdo de Aportes en formato físico; en un plazo no mayor de 15 días en la Dirección General de Diversidad, Derechos y Procesos Culturales, en la calle Ayolas esq. Haedo, de lunes a viernes en horario de 9:00 a 14:00 horas.
Tercera etapa: Una vez certificado que el legajo presentado se encuentra completo, se procederá a la resolución de adjudicación y firma de acuerdo de aportes para la trasferencia de recursos financieros.
Documentos necesarios para la firma del Acuerdo de aportes
*OBS: Solo se recibirán sellos y firmas originales de la Escribanía.
Los adjudicados (persona física o jurídica) deberán contar con factura legal con timbrado vigente por la S.E.T. para realizar el proceso financiero de Solicitud de Transferencia de Recursos ante el Ministerio de Hacienda.
La Secretaría Nacional de Cultura podrá solicitar mayor información y/o presentación de documentos en caso de requerirlos.
ETAPAS Y PLAZOS:
Lanzamiento de prensa de la convocatoria y promoción por medios masivos | 18 de marzo de 2020 |
Recepción de proyectos | 25 de marzo al 30 de abril de 2020 |
Evaluación técnica y selección de proyectos | 30 de Abril al 13 de Mayo de 2020. |
Difusión pública de Proyectos seleccionados | 18 de Mayo de 2020 |
Presentación tope de documentación | 05 de junio de 2020 |
Firma de acuerdos y resolución de adjudicación | 01 de junio al 30 de junio de 2020 |
Monitoreo | 01 de Junio a 30 de Diciembre de 2020. |
Fecha tope de entrega de informes finales y rendición de cuentas para Ministerio de Hacienda. | 30 de Diciembre de 2020 |
Monto máximo de apoyo:
La SNC brindará apoyo hasta la suma de Gs. 30.000.000.- a personas físicas y hasta 50.000.000.- a personas jurídicas
LINEAS de AYUDAS:
Selección de los proyectos
Las propuestas que no presenten TODA la documentación y/o información requerida para cada convocatoria no podrán superar la etapa de evaluación técnica.
Las propuestas serán evaluadas por un jurado, los cuales estarán conformados por representantes del Consejo Nacional de Cultura CONCULTURA de las diversas áreas temáticas.
Los postulantes podrán presentar un solo proyecto dentro de cada línea.
Normativa aplicable
Las leyes específicas que regulan las transferencias de recursos a personas y organizaciones son:
Obligaciones del Proponente.
Los beneficiarios de las ayudas deberán entregar informes del avance de su proyecto siempre que el área responsable de la Secretaría Nacional de Cultura lo solicite.
Al terminar su desarrollo, se deberá entregar un informe cualitativo (Formulario III) con los resultados del proyecto realizado, datos estadísticos relevados y sistematizados, los anexos con folletería, afiches, programas de mano o cualquier otro impreso, donde se visibilice notablemente el apoyo recibido de la SECRETARIA NACIONAL DE CULTURA con el logo institucional, LINKS de información sobre la realización del proyecto. Además se deberá presentar la Rendición Financiera elaborada y ajustada, según Decreto Reglamentario ….. en el término máximo de TREINTA (30) días contados desde la finalización del proyecto.
Toda difusión o comunicación que se realice en cualquier formato, vinculada al proyecto, deberá consignarse de manera visible el apoyo de la SECRETARÍA NACIONAL DE CULTURA y los correspondientes logotipos. Las aplicaciones deberán adjuntarse en oportunidad de la rendición de cuentas.
Los beneficiarios deberán ceder sus derechos de imagen a la Secretaría Nacional de Cultura, para que la misma sea utilizada y difundida exclusivamente en eventuales materiales de comunicación con el único fin de la promoción y difusión.
El responsable del proyecto adjudicado se comprometerá a apoyar las actividades de la Agenda Cultural de la SNC. Previa calendarización y conformidad de ambas partes.
Cancelación y devolución de fondos
Si los fondos recibidos por los proponentes para desarrollar los proyectos, no hubieran sido utilizados por cualquier razón, una vez vencido el plazo de presentación de la rendición de cuentas, deberán ser reintegrados en los términos que fije la Secretaría Nacional de Cultura.
La Secretaría Nacional de Cultura podrá disponer la cancelación total o parcial y exigir el reintegro de los importes correspondientes por las siguientes causas:
Sanciones por incumplimiento de compromisos
Ante cualquier incumplimiento de lo dispuesto en la presente bases y condiciones, el área competente intimará para que se proceda de acuerdo a lo establecido en el Acuerdo de Aportes.
En caso de cualquier incumplimiento por parte de los beneficiarios en el proceso de rendición de cuentas, los integrantes del proyecto quedarán inhabilitados para recibir futuras ayudas de la Secretaría Nacional de Cultura.
Rendición de Cuentas e Informes
Al cierre de los proyectos, los postulantes deberán presentar dos tipos de informes: