Ley 3292/2007. Que concede pensión graciable al señor Ramón Alberto López Noguera (Ramón del Río).

24-08-2011

LEY 3292/2007
QUE CONCEDE PENSIÓN GRACIABLE AL SEÑOR RAMÓN ALBERTO LÓPEZ NOGUERA (Ramón del Río).
(obs: salario mínimo 2007 Gs. 1.341.775 • pensión de Gs. 1.300.000 equivale al 96,8% del mínimo)
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

Artículo 1º Concédese pensión graciable de G. 1.300.000 (Guaraníes un millón trescientos mil) mensuales, a favor del artista nacional, señor Ramón Alberto López Noguera (Ramón del Río), con Cédula de Identidad Policial Nº 194.402.

Artículo 2º Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley, serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.

Artículo 3º El beneficiario de esta pensión graciable no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.

Artículo 4º Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los tres días del mes de mayo del año dos mil siete, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los dos días del mes de agosto del año dos mil siete, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

Oscar Rubén Salomón Fernández
Presidente H. Cámara de Diputados
Miguel Abdón Saguier
Presidente H. Cámara de Senadores

Lino Miguel Agüero
Secretario Parlamentario

Cándido Vera Bejarano
Secretario Parlamentario

Asunción, 20/08/2007

Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.

El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos

César Barreto Otazú
Ministro de Hacienda