LEY N° 22/92. Que exonera de tributos la importacion y comercializacion de libros, periodicos y revistas.

22-07-2011

QUE EXONERA DE TRIBUTOS LA IMPORTACION Y COMERCIALIZACION DE LIBROS, PERIODICOS Y REVISTAS.

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY

Artículo 1º.- Exonérase del pago de tributos aduaneros e internos la importación y comercialización de libros, periódicos y revistas, con excepción de los pornográficos.

Artículo 2º.- Deróganse las disposiciones legales contrarias a ésta Ley.

Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

Aprobada por la H. Cámara de Diputados a veinticinco días del mes de junio del año un mil novecientos noventa y dos y por la H. Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a veintitrés días del mes de julio del año un mil novecientos noventa y dos.

 

José A. Moreno Rufinelli

Presidente Honorable Cámara de Diputados

Pedro Hugo Peña

Presidente Vice Presidente 1º en Ejercicio de la Presidencia Honorable Cámara de Senadores

Carlos Galeano Perrone

Secretario Parlamentario

Evelio Fernández Arévalos

Secretario Parlamentario

Asunción, 6 de agosto de 1992.

Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.

El Presidente de la República

Andrés Rodríguez

Juan José Díaz Pérez

Ministro de Hacienda