Ley N° 3985/2010 Que crea la Universidad Nacional de Canindeyú

23-09-2011

LEY N° 3985/2010

QUE CREA LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CANINDEYÚ.

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY

Artículo 1°.- Créase la Universidad Nacional de Canindeyú, entidad de gestión pública que adecuará su funcionamiento a las normas establecidas en la Ley Nº 136/93 “DE UNIVERSIDADES”, su modificatoria establecida a través de la Ley Nº 2.529/06 y la Ley Nº 1.264/98 “GENERAL DE EDUCACION”.

Artículo 2º.- Integrarán el patrimonio de la Universidad Nacional de Canindeyú los bienes muebles e inmuebles y los rubros presupuestarios que le son asignados, necesarios para la realización de sus fines, que actualmente se encuentran usufructuando y que constituye el patrimonio de la Universidad Nacional del Este, Filial Canindeyú.

Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los quince días del mes de octubre del año dos mil nueve, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil diez, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

 

César Ariel Oviedo Verdún, Presidente, H. Cámara de Diputados

Eduardo Vera Bejarano, Secretario Parlamentario

Miguel Carrizosa Galiano, Presidente, H. Cámara de Senadores

Orlando Fiorotto Sánchez, Secretario Parlamentario

 

Asunción, 16 de abril de 2010.

Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.

El Presidente de la República
Fernando Lugo Méndez

Luis Alberto Riart Montaner
Ministro de Educación y Cultura