QUE CREA LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ CON SEDE EN CORONEL OVIEDO
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1º Créase la Universidad Nacional de Caaguazú con sede en la Ciudad de Coronel Oviedo, cuyo funcionamiento se regirá por la Ley N° 136 del 29 de marzo de 1993 “DE UNIVERSIDADES”, y la Ley N° 1.264 del 26 de mayo de 1998 “GENERAL DE EDUCACIÓN”.
Artículo 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil seis, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los diecinueve días del mes de abril del año dos mil siete, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Víctor Alcides Bogado González, Presidente, H. Cámara de Diputados
Atilio Penayo Ortega, Secretario Parlamentario
Enrique González Quintana, Presidente, H. Cámara de Senadores
Cándido Vera Bejarano, Secretario Parlamentario
Asunción, 04 de mayo de 2007
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
El Presidente de la República, Nicanor Duarte Frutos
Blanca Ovelar de Duarte, Ministra de Educación y Cultura