Ejecutivo crea Comisión Nacional de Prevención y Combate al Tráfico Ilícito de Bienes Culturales

09-06-2016

Con el propósito de desarrollar acciones conjuntas para la protección y la defensa del patrimonio cultural de nuestro país, el Poder Ejecutivo, decreto mediante, dio a conocer las disposiciones para la creación de una comisión interinstitucional que velará por la prevención y el combate al tráfico ilícito de los bienes culturales.

El Decreto N° 5.375, firmado por el Presidente de la República, Horacio Cartes y refrendado por el Ministro del Interior, Francisco de Vargas, establece en su primer artículo, la creación de la Comisión Nacional de Prevención y Combate al Tráfico Ilícito de Bienes Culturales, cuya integración estará compuesta por varias instituciones gubernamentales, y que entre sus funciones, determinará los procedimientos y mecanismos adecuados para prevenir y luchar contra éste flagelo.

En tanto, el artículo segundo estipula las instituciones que integrarán ésta comisión, que son: la Secretaría Nacional de Cultura (SNC), el Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio del Interior, la Policía Nacional, INTERPOL, la Dirección Nacional de Aduanas, la Secretaría Nacional de Turismo, y el Ministerio Público. Asimismo se establece que la comisión podrá involucrar a otros organismos e instituciones de carácter público o privado para el cumplimiento eficaz de sus funciones.

Entre otros aspectos, el decreto menciona en el tercer artículo, que la organización de la Comisión Nacional estará integrada por un nivel político-institucional y un nivel técnico, para el desarrollo de sus objetivos.

El Consejo político institucional, liderado por la Secretaría Nacional de Cultura, por ser la autoridad de aplicación en materia de políticas culturales, estará integrado por los titulares de cada una de las instituciones señaladas, y tendrá la función de formular las directrices y estrategias para la ejecución de las acciones. Mientras que el nivel técnico estará integrado por profesionales especialistas o asesores designados y cuya responsabilidad será la de coordinar e implementar las funciones establecidas por la Comisión Nacional.

El artículo cuarto expresa que ésta Comisión Nacional promoverá campañas de sensibilización acerca de la necesidad de proteger y preservar el patrimonio cultural,  colaborando en la lucha frontal contra éste ilícito. Además proponer un programa de capacitación destinado a todos los niveles de la población, con especial referencia a los agentes de organismos oficiales y privados que, por sus funciones, pudieran realizar un aporte significativo para la prevención y el combate. Así como la difusión de los procedimientos y mecanismos adecuados para la prevención y combate; y la elaboración e implementación de programas de capacitación, acordadas con las autoridades departamentales y municipales.

Finalmente, en el artículo quinto se designa a la SNC como institución coordinadora de la Comisión Nacional.

En el considerando se exponen los argumentos para la creación de ésta comisión interinstitucional, refiriéndose a la necesidad de su conformación debido a los numerosos hechos acaecidos en los últimos tiempos que atentan contra la conservación de los bienes culturales del país; y en base a lo que expresa la Constitución Nacional, en su artículo 81, que determina que “se arbitrarán los medios necesarios para la conservación, el rescate, y la restauración de los objetos, documentos y espacios de valor histórico, arqueológico, paleontológico, artístico o científico, así como de sus respectivos entornos físicos, que hacen parte del patrimonio cultural de la nación.

Igualmente en el considerando se mencionan los tratados, acuerdos internacionales y leyes que fueron ratificados por Paraguay, como es el caso de la “Convención para la protección del patrimonio mundial cultural y natural”, adoptada por la UNESCO, en 1972, y ratificada por nuestra nación, en 1986.